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Corte de césped

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¿En qué consiste?

Esta es la actividad del servicio público de aseo que consiste en cortar el pasto ubicado en áreas verdes publicas sin restricción de acceso, mediante el uso de equipos manuales o mecánicos que incluye el bordeo y planteo. Comprende la recolección y transporte del material obtenido hasta los sitios de aprovechamiento prioritariamente o de disposición final. 

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¿Dónde lo hacemos?

Se practica en las áreas verdes públicas: separadores viales, vías de tránsito automotor, peatonales y ciclorutas; glorietas, rotondas; áreas verdes ubicadas en la red de andenes, y los parques públicos definidos en el Plan de Ordenamiento Territorial.

Se excluye de esta actividad el corte de césped de los antejardines frente a los inmuebles, el cual será responsabilidad de los propietarios de éstos como también se excluye la actividad de ornato y embellecimiento.

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¿Cúando lo hacemos?

El corte de césped se realiza cuando el área a intervenir supere los diez (10) centímetro de altura del césped. La altura mínima del césped una vez cortado no debe ser menor a dos (2) centímetros. Para su prestación se utilizan los equipos y herramientas para desarrollarlo de manera segura y adecuada.

El horario para la ejecución de la actividad es determinado por el Prestador del servicio.

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